La violencia de género se entiende como cualquier acción o conducta, basada en el género y agravada por la discriminación proveniente de la coexistencia de diversas identidades (raza, clase, identidad sexual, edad, pertenencia étnica, entre otras), que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a una persona, tanto en el ámbito público como en el privado. Se trata de aquella violencia que ocurre en un contexto de discriminación sistemática contra la mujer y contra aquellos que confrontan el sistema de género, sea al interior de las familias o fuera de ellas, al margen de su sexo, que no se refiere a casos aislados, esporádicos o episódicos de violencia.
En ese contexto, la violencia de género debe ser entendida como una manifestación de discriminación que inhibe gravemente la capacidad de las mujeres de gozar de derechos y libertades en pie de igualdad, a través de relaciones de dominio, de sometimiento y subordinación.
Base legal: Política Nacional de Igualdad de Género, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 008-2019-MIMP; y el artículo 4.2 del Reglamento de la Ley Nº 30364, aprobado con Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP y modificado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-MIMP y el Decreto Supremo N° 005-2022-MIMP.